¿Quién necesita un Delegado de Protección de Datos?

  1. El DPO (delegado de protección de datos) deberá existir obligatoriamente cuando el tratamiento de la información se realice a través de un organismo o administración pública (no se incluyen los tribunales).
  2. Si la actividad principal de la empresa implica el tratamiento y observación habitual y regular de las políticas de protección de datos fijadas en el nuevo reglamento europeo.
  3. Cuando las actividades principales del encargado o la empresa consistan en el tratamiento a gran escala de datos personales (según los supuestos del artículo 9) y de aquellas informaciones y datos referidos a condenas y sanciones.

Estos son algunos ejemplos de las organizaciones que necesitarán un Delegado de Protección de Datos:

  1. Empresas de seguridad privada.
  2. Operadores de juego electrónico.
  3. Empresas de publicidad.
  4. Empresas de prospección comercial.
  5. Centros sanitarios.
  6. Colegios profesionales.
  7. Centros docentes.
  8. Distribuidores de electricidad.
  9. Servicios de inversión.
  10. Entidades financieras y de crédito.